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Inspección de Instalaciones Térmicas en Edificios (RITE)

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  • Inspección inicial
  • Registro de instalaciones de climatización, calefacción y agua caliente sanitaria en el ámbito de la Comunidad de Madrid
  • Inspecciones periódicas de eficiencia energética

El crecimiento del sector de la edificación y la consiguiente actualización del parque de vivienda construida, ha supuesto una nueva configuración respecto de la demanda de confort y calidad de los edificios. Para ello la Administración se marcó una serie de objetivos diversos tales como el medioambiente, la sostenibilidad, economía y habitabilidad; traduciéndose en nuevas reglamentaciones como el Código Técnico de la Edificación en 2006 y el nuevo Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios – RITE, en 2007.

La eficiencia energética y el medioambiente se convierten en presupuestos básicos del desarrollo reglamentario actual, en el que se expresan los requisitos para conseguir estos objetivos, sin obligar al uso de determinadas técnicas o materiales, ni impidiendo el uso de las nuevas tecnologías.

Deberán ejecutarse sobre la base de una documentación técnica que, en función de su importancia, debe adoptar una de las siguientes modalidades:

  • Cuando la potencia térmica nominal a instalar en generación de calor o frío sea mayor que 70 kW, se requerirá la realización de un proyecto;
  • Cuando la potencia térmica nominal a instalar en generación de calor o frío sea mayor o igual que 5 kW y menor o igual que 70 kW, el proyecto podrá ser sustituido por una memoria técnica;
  • No es preceptiva la presentación de la documentación anterior para acreditar el cumplimiento reglamentario ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma para las instalaciones de potencia térmica nominal instalada en generación de calor o frío menor que 5 kW, las instalaciones de producción de agua caliente sanitaria por medio de calentadores instantáneos, calentadores acumuladores, termos eléctricos cuando la potencia térmica nominal de cada uno de ellos por separado o su suma sea menor o igual que 70 kW y los sistemas solares consistentes en un único elemento prefabricado.

En caso de ser necesaria la realización de proyecto o memoria, la documentación deberá ser presentada ante el órgano competente en materia de industria de la Comunidad Autónoma en la que están ubicadas las instalaciones.

En el caso de la Comunidad de Madrid este trámite será realizado a través de una Entidad de Inspección y Control Industrial – EICI, siendo CUALICONTROL ACI una de las Empresas autorizadas para la actividad de registro y puesta en servicio de las instalaciones térmicas no industriales, según Orden 9343/2003 y Orden 688/2008.

Las instalaciones térmicas y, en particular, sus equipos de generación de calor / frío y las instalaciones solares térmicas se inspeccionarán periódicamente a lo largo de su vida útil, a fin de verificar el cumplimiento de la exigencia de eficiencia energética. El Reglamento deja al criterio de los órganos territoriales competentes de las Comunidades Autónomas el establecimiento del calendario de inspecciones periódicas de eficiencia energética de las instalaciones térmicas, coordinando su realización con otras inspecciones a las que vengan obligadas por razón de otros reglamentos.

El órgano competente de la Comunidad Autónoma establecerá los requisitos de los agentes autorizados para llevar a cabo estas inspecciones de eficiencia energética, que podrán ser, entre otros, organismos o entidades de control autorizadas para este campo reglamentario, o técnicos independientes, cualificados y acreditados por el órgano competente de la Comunidad Autónoma, elegidos libremente por el titular de la instalación de entre los autorizados para realizar estas funciones.

Las instalaciones existentes a la entrada en vigor de este RITE estarán sometidas al régimen y periodicidad de las inspecciones periódicas de eficiencia energética establecidas en la IT 4 y a las condiciones técnicas del reglamento con el que fueron autorizadas.

  • Real Decreto1027/2007, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, derogando al Real Decreto 1751/1998
  • Real Decreto 314/2006, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación

CUALICONTROL ACI dispone de Acreditación nº OC-I/027 por ENAC – Entidad Nacional de Acreditación para realizar actuaciones en el ámbito reglamentario, así mismo está en disposición de realizar actuaciones voluntarias o requeridas por los Organismos territoriales competentes.

El RITE aplica a las exigencias de eficiencia energética y de seguridad que deben cumplir las instalaciones térmicas en los edificios para atender la demanda de bienestar e higiene de las personas, durante su diseño y dimensionado, ejecución, mantenimiento y uso, así como determinar los procedimientos que permitan acreditar su cumplimiento.

Se considerarán como instalaciones térmicas las instalaciones fijas de climatización (calefacción, refrigeración y ventilación) y de producción de agua caliente sanitaria. Aplicándose a los edificios de nueva construcción y a las instalaciones térmicas en los edificios construidos, en lo relativo a su reforma, mantenimiento, uso e inspección.

La finalidad de este tipo de inspecciones es maximizar bienestar, higiene, seguridad y eficiencia energética. Todo ello se consigue mediante:
  • La optimización del rendimiento energético en los equipos de generación de calor y frío, así como los destinados al movimiento y transporte de fluidos.
  • Mayor aislamiento de los equipos y conductos así como una mejor regulación y control.
  • Utilización de energías renovables, especialmente la energía solar y la biomasa.
  • Incorporación de subsistemas de recuperación de energía y el aprovechamiento de energías residuales.
  • Sistemas obligatorios de contabilización de consumos en el caso de instalaciones colectivas.
  • Desaparición gradual de combustibles sólidos contaminantes y equipos menos eficientes.
  • Imposición de la obligación de revisar y actualizar periódicamente, al menos cada 5 años, las exigencias de eficiencia energética.

A propietarios, ingenierías, instaladores, empresas y responsables de mantenimiento y gestores de propiedades – Property Manager -, que puedan participar en el diseño, ejecución, gestión y mantenimiento de las instalaciones térmicas.

Elegir nuestros servicios, supone contar con una de las empresas de referencia del sector con más de 30 años de experiencia acumulada. Poniendo a su disposición un equipo humano altamente cualificado y conocedor de los distintos tipos de instalaciones.

¿Por qué elegir a CUALICONTROL ACI?

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