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Inspección de Grúas Móviles Autopropulsadas

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Suspenda la carga, no la seguridad. Como organismo de control autorizado, estamos acreditados para la realización de las inspecciones periódicas oficiales de grúas móviles autopropulsadas.

Las grandes obras e infraestructuras demandan progresivamente mayor potencial de manipulación de cargas, existiendo para ello un parque de grúas móviles autopropulsadas con características desiguales. Esto hace necesaria la aplicación de prescripciones técnicas que garanticen la seguridad de las personas y de las cosas, mediante inspecciones periódicas oficiales.

Tienen consideración de grúa móvil autopropulsada, todo aparato de elevación de funcionamiento discontinuo, destinado a elevar y distribuir en el espacio cargas suspendidas de un gancho o cualquier otro accesorio de aprehensión, dotado de medios de propulsión y conducción o formando parte de un conjunto con dichos medios que posibilita su desplazamiento por vías públicas y terrenos.

No se considera grúa móvil autopropulsada a las grúas pórtico que se desplacen sobre neumáticos o carriles; así como aquellas que se acojan a la directiva de máquinas como las grúas auto-cargantes sobre camión.

A mantenedores, alquiladores, empresas constructoras y propietarias, que puedan participar en la gestión o mantenimiento de las grúas móviles autopropulsadas

Según su fecha de puesta en marcha, en la actualidad los plazos quedan de la siguiente forma:

  • Cada 3 años: Grúas hasta 6 años de antigüedad.
  • Cada 2 años: Grúas de más de 6 años y hasta 10 años de antigüedad.
  • Anual: Grúas de más de 10 años o que no acrediten la fecha de fabricación.

Así mismo dentro del ámbito del real decreto 1215/1997 y las Normas UNE de aplicación, estamos en disposición de hacer inspecciones referidas a grúas auto-cargantes sobre camión: “grúas pluma”

  • Real Decreto 2291/85 de 8 de noviembre que aprueba el Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención.
  • Real Decreto 837/2003 de 27 de junio, que aprueba la ITC-MIE-AEM-4.
  • Real Decreto 1435/1992 de 27 de noviembre, que adapta la Directiva sobre máquinas, modificado por el RD 56/1995, de 20 de enero.

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